Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de BURGOS o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien el requerimiento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Recuerda que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Sólo deberías de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 € no es necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y hacer una defensa excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de BURGOS
Calle : AV REYES CATOLICOS 51 Población: BURGOS
Código Postal: 9005 Provincia: BURGOS
Teléfono: 947284400 FAX: 947284410
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