Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de GIJÓN o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser vencida,justificada y acreditada.
También debes de saber que la notificación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Solamente tienes que realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por lo que es necesario revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que proceda , donde expliques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es superior a 2000 euros será entonces un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y ejercer una defensa buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú después decidirás si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASETA S/N Población: GIJÓN
Código Postal: 33271 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985175542 FAX: 985175546
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