Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más deberías de hacerlo si estás conforme con la deuda, por ese motivo tienes que revisar correctamente la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que proceda , donde demuestres con pruebas la razón por la que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene fundamento jurídico para oponerte y ejercer una defensa excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú luego decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Calle : CL MALAGA 2 Población: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Código Postal: 35016 Provincia: LAS PALMAS
Teléfono: 928116307 FAX: 928429719
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