Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de LEON o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, revisar bien la citación debido a que la deuda que te pidan debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que la citación debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Solamente tienes que hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por esta razón tienes que comprobar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que proceda , donde demuestres con pruebas la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
De todas formas, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una defensa apropiada. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de LEON
Calle : AV SAENZ DE MIERA 6 Población: LEON
Código Postal: 24071 Provincia: LEON
Teléfono: 987895121 FAX: 987895213
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