Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de LOGROÑO o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, vencida y acreditada.
No olvides que la notificación debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenezca la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que realizarlo si estás conforme con la deuda, por eso tienes que comprobar perfectamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no hará falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y realizar una contestación excelente. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de LOGROÑO
Calle : CL MARQUES DE MURIETA 45-47 Población: LOGROÑO
Código Postal: 26071 Provincia: LA RIOJA
Teléfono: 941296576 FAX: 941296578
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