Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de MADRID o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
No olvides que la notificación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario examinar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 € no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de procurador y abogado en la actuación.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932702 FAX: 914932704
OTROS JUZGADOS EN MADRID