Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de TARRAGONA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien el requerimiento ya que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
Ten en cuenta que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que debes de comprobar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de procurador y abogado en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una contestación excelente. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de TARRAGONA
Calle : AV DE ROMA 21 Población: TARRAGONA
Código Postal: 43005 Provincia: TARRAGONA
Teléfono: 977921910 FAX: 977922850
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