Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 73 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente tendrías que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario examinar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 73 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y efectuar una defensa excelente. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 73 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932984 FAX: 913973607
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