¿Te ha llegado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de ALICANTE ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de ALICANTE o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien la citación  debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.

Recuerda que el requerimiento tiene que  llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.

¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE

Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con la deuda, por lo que debes de examinar correctamente la citación.

2.- OPONERTE AL MONITORIO

Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que te haya requerido  , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te opones.

En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces ordinario.

Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en el procedimiento.

De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE

Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de este rango.

 

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Si quieres contestar un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para poder contestarlo podemos realizarte un estudio gratuito. En muchas ocasiones, sobre todo en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses abusivos, se puede contestar el monitorio efectuando una buena defensa jurídica, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de ALICANTE

Calle : CL  AV CATEDRATICO SOLER 43 Población: ALICANTE

 Código Postal:  3008 Provincia: ALICANTE

Teléfono: 965937631 FAX: 965937641

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