Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de ALMERIA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien la citación debido a que la deuda que te pidan debe de ser acreditada y justificada.
No olvides que la citación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué opciones tienes cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario comprobar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que te haya requerido , donde aclares con argumentos la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en la actuación.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú luego decidirás si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de ALMERIA
Calle : CR DE RONDA 120 Población: ALMERIA
Código Postal: 4006 Provincia: ALMERIA
Teléfono: 950809092 FAX: 950204334
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