¿Has recibido un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de BARCELONA ?

Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien el monitorio  debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida

También debes de saber que el requerimiento debe de  llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.

¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE

Solamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que revisar muy bien la documentación anexa.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que proceda  , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te opones.

Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.

Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de procurador y abogado en el procedimiento.

De todas formas, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco jurídico para oponerte y hacer una defensa buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones bancarias.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.

 

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Si te ha llegado un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para poder contestarlo podemos hacerte un estudio gratuito. En muchas ocasiones, especialmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses abusivos, se puede contestar el monitorio haciendo una buena defensa legal, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el importe principal que fue prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de BARCELONA

Calle : GV  DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA

 Código Postal:  8014 Provincia: BARCELONA

Teléfono: 935549408 FAX: 935549508

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