Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de CASTELLON DE LA PLANA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que la comunicación debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que revisar muy bien el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 € será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
De todas formas, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una defensa excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de CASTELLON DE LA PLANA
Calle : BU BLASCO IBAÑEZ 10 Población: CASTELLON DE LA PLANA
Código Postal: 12003 Provincia: CASTELLON
Teléfono: 964621747 FAX:
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