¿Quieres contestar un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de CORDOBA ?

Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de CORDOBA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien la citación  debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.

También debes de saber que la citación tiene que  llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.

¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA

Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con la deuda, por lo que es necesario comprobar perfectamente la citación.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que proceda  , donde aclares con pruebas la razón por la que te quieres oponer.

Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces un procedimiento ordinario.

Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.

En cualquier caso, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo realice un abogado para que tengas la seguridad de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú luego decidirás si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.

 

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Si te ha llegado un monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para contestarlo podemos realizarte un estudio de forma totalmente gratuita. En bastantes ocasiones, principalmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses abusivos, podemos contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de CORDOBA

Calle : CL  ISLA MALLORCA S/N Población: CORDOBA

 Código Postal:  14071 Provincia: CORDOBA

Teléfono: 957745081 FAX: 957002493

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