Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de GIJÓN o de cualquier otro es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
También debes de saber que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponde la población donde vives.
¿Qué opciones tienes si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por ese motivo es necesario revisar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que proceda , donde demuestres con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASE s/n Población: GIJÓN
Código Postal: 33207 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985356259 FAX: 985345716
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