Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el requerimiento ya que la deuda que te pidan debe de ser justificada, vencida y acreditada.
También debes de saber que la citación tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que comprobar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de abogado y procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Calle : CL MALAGA 2 Población: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Código Postal: 35016 Provincia: LAS PALMAS
Teléfono: 928116467 FAX: 928429730
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