Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de MURCIA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que la notificación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca la población donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo debes de comprobar correctamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que proceda , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € entonces será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y efectuar una defensa excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de MURCIA
Calle : AV DE LA JUSTICIA S/N Población: MURCIA
Código Postal: 30071 Provincia: MURCIA
Teléfono: 968858356 FAX: 968834611
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