Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de PAMPLONA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, comprabar bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que la comunicación debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de realizarlo si estás conforme con la deuda, por esta razón debes de examinar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y hacer una defensa apropiada. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú luego decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de PAMPLONA
Calle : PZ JUEZ ELIO 1 Población: PAMPLONA
Código Postal: 31071 Provincia: NAVARRA
Teléfono: 848424370 FAX: 848424368
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