Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de TARRAGONA o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien el requerimiento debido a que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por eso debes de examinar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 euros será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y hacer una defensa apropiada. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú luego decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de TARRAGONA
Calle : AV DE ROMA 21 Población: TARRAGONA
Código Postal: 43005 Provincia: TARRAGONA
Teléfono: 977922851 FAX: 977922850
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