Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, comprabar bien el requerimiento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Ten en cuenta que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso debes de revisar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en la actuación.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una contestación buena. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 8 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929017 FAX: 961929317
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