¿Quieres contestar un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 84 de MADRID ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 84 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el documento  ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.

Recuerda que el requerimiento tiene que  llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.

¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA

Únicamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que comprobar correctamente la documentación anexa.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 84 que proceda  , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.

En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 euros será procedimiento ordinario.

En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no hará falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.

En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y hacer una defensa apropiada. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a financieras y Bancos.

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3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.

¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.

 

ESTUDIAMOS DE FORMA GRATUITA TU CASO
Si te ha llegado un procedimiento monitorio y estás dentro del plazo legal para contestarlo podemos realizarte un estudio gratuito. En bastantes ocasiones, especialmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses usuarios, se puede contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el importe principal que fue prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 84 de MADRID

Calle : CL  VENTURA RODRIGUEZ 7 Población: MADRID

 Código Postal:  28008 Provincia: MADRID

Teléfono: 914438735 FAX:

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