¿Te ha llegado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 85 de MADRID ?

Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 85 de MADRID o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el monitorio  ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,vencida y justificada.

Ten en cuenta que el requerimiento tiene que  llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.

¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE

Sólo tienes que hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que tienes que revisar muy bien la documentación.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 85 que te haya requerido  , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te has opuesto.

En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.

Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de abogado y procurador en el procedimiento.

Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.

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3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de este rango.

 

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Si has recibido un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para contestarlo podemos hacerte un estudio gratuitamente. En muchos casos, sobre todo en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses abusivos, se puede contestar el monitorio efectuando una buena defensa jurídica, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el importe principal que fue prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 85 de MADRID

Calle : CL  FRANCISCO GERVÁS 10 Población: MADRID

 Código Postal:  28020 Provincia: MADRID

Teléfono: 914936173 FAX: 914936179

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