Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de ALICANTE o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, comprabar bien la citación ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Recuerda que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por lo que es necesario examinar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es superior a 2000 euros será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene fundamento jurídico para oponerte y ejercer una contestación excelente. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si deseas usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de ALICANTE
Calle : AV AGUILERA 53 Población: ALICANTE
Código Postal: 3007 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 965286674 FAX: 965935824
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