Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por lo que es necesario comprobar perfectamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y hacer una contestación apropiada. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549409 FAX: 935549509
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