Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de GIJÓN o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el documento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Ten en cuenta que la citación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más debes de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de revisar perfectamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y ejercer una contestación excelente. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de la documentación, tú luego decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASE S/N Población: GIJÓN
Código Postal: 33207 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985171006 FAX: 985357679
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