Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de LEON o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, revisar bien el requerimiento ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más debes de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo debes de revisar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas la razón por la que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una defensa excelente. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de LEON
Calle : AV SAENZ DE MIERA 6 Población: LEON
Código Postal: 24071 Provincia: LEON
Teléfono: 987895076 FAX: 987876526
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