Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Sólo tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo es necesario comprobar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 que proceda , donde aclares con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no será necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una contestación excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 9 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929018 FAX: 961929318
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