¿Te ha llegado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 98 de MADRID ?

Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 98 de MADRID o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien el monitorio  ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.

No olvides que la comunicación debe de  llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde resides.

¿Qué tienes que hacer cuando recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA

Nada más deberías de hacerlo si estás conforme con la deuda, por esta razón debes de revisar correctamente los documentos anexos.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 98 que proceda  , donde expliques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.

Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € entonces será un procedimiento ordinario.

En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no es necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un abogado y un procurador en la actuación.

De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y ejercer una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos.

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3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.

 

ESTUDIAMOS DE FORMA GRATUITA TU CASO
Si te ha llegado un procedimiento monitorio y estás dentro del plazo legal para poder contestarlo podemos hacerte un estudio de forma totalmente gratuita. En muchas ocasiones, principalmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses usuarios, se puede contestar el monitorio haciendo una buena defensa jurídica, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 98 de MADRID

Calle : CL  PRINCESA 3 Población: MADRID

 Código Postal:  28008 Provincia: MADRID

Teléfono: 914437888 FAX:

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